La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, ante la falta de reglas claras sobre la gestación sustituta, también conocida como renta de vientres, en la Ciudad de México, un juez podrá revisar los acuerdos y autorizar la expedición del acta de nacimiento de niñas y niños nacidos mediante este método, con el fin de garantizar su derecho a la identidad.
La Corte señaló que este procedimiento podrá realizarse cuando exista un acuerdo previo firmado y ratificado ante una notaria, siempre que no haya desacuerdos entre la persona gestante y los padres intencionales.
Detalló que en estos casos la función de quien revise el asunto es verificar que el acuerdo cumpla con la ley, garantizar una atención adecuada a la gestante, prevenir abusos o cualquier forma de violencia, y asegurar que el bebé sea reconocido legalmente como hijo o hija de quienes asumieron la paternidad o maternidad.
Además, se deberá confirmar que todas las partes hayan otorgado su consentimiento de manera libre e informada, sin presiones. Si se detecta falta de acuerdo, engaño o riesgo de explotación, la solicitud deberá ser rechazada y se dará aviso al Ministerio Público y a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
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