La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recuerda que las personas que viajan en avión cuentan con derechos como consumidores en casos de retrasos, cancelaciones o sobreventa de boletos, los cuales permiten solicitar compensaciones cuando estas situaciones se atribuyen a la aerolínea.
En México, estos derechos están respaldados por la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor. De acuerdo con el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, cuando un vuelo se retrasa por responsabilidad de la aerolínea —como fallas técnicas, problemas operativos o sobreventa— existen distintos derechos según el tiempo de demora.
Cuando el retraso es de una a dos horas, las personas pasajeras tienen derecho a alimentos y bebidas no alcohólicas o descuentos en vuelos futuros.
Si la demora es de dos a cuatro horas, pueden solicitar alimentos y bebidas, acceso a llamadas telefónicas y correos electrónicos, así como una compensación parcial mediante vales o reembolso.
En casos de retrasos de más de cuatro horas o cancelación, corresponde el reembolso total del boleto, incluida la tarifa de aeropuerto, la reubicación en otro vuelo sin costo adicional y una compensación económica mínima del 25% del valor del boleto o del trayecto no utilizado.
Si la demora es de dos a cuatro horas, pueden solicitar alimentos y bebidas, acceso a llamadas telefónicas y correos electrónicos, así como una compensación parcial mediante vales o reembolso.
En casos de retrasos de más de cuatro horas o cancelación, corresponde el reembolso total del boleto, incluida la tarifa de aeropuerto, la reubicación en otro vuelo sin costo adicional y una compensación económica mínima del 25% del valor del boleto o del trayecto no utilizado.
En situaciones de sobreventa de vuelos, las y los pasajeros pueden solicitar la reubicación en el siguiente vuelo disponible, sin costo, y recibir una compensación adicional no menor al 25% del valor del boleto.
La Profeco recomienda llegar puntualmente al abordaje y conservar el comprobante de check-in, ya que este documento respalda los derechos del pasajero. En caso de incumplimiento, las personas pueden acudir a los módulos de atención de la aerolínea en el aeropuerto para solicitar una explicación sobre la demora o cancelación, además de conservar boletos, recibos y comprobantes de gastos adicionales.
Las aerolíneas deben publicar de manera clara sus políticas de compensación, mismas que pueden consultarse en sus páginas web, en los mostradores de atención al cliente en aeropuertos.
Si no hay una solución inmediata, la Procuraduría señaló que se puede presentar una queja formal a través de sus canales institucionales y recuerda que cuenta con módulos de atención fija en los aeropuertos de la Ciudad de México, Tulum, Cancún, Santa Lucía (Felipe Ángeles), Toluca, Guanajuato, Tijuana, Monterrey y Guadalajara.
https://twitter.com/Profeco/status/2004611501089292410?s=20